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Consecuencias de los Abusos Empresariales

Por desgracia, cada vez son más usuales los casos de trabajadores que, de una forma u otra, sufren algún tipo de práctica abusiva en su puesto de trabajo. En la actualidad se estima que un 15% de los trabajadores sufre acoso laboral en su puesto de trabajo, lo que deja bien a las claras la práctica tirana de muchos empleadores con sus trabajadores.

Sufrir este tipo de malas prácticas empresariales en el ámbito laboral tiene unos efectos extremadamente negativos en la vida de las personas. Estos efectos no se reducen solo al más que evidente golpe a su vida profesional, sino que la vida personal de los afectados queda gravemente marcada.

 

El abuso empresarial produce consecuencias físicas…

El estado de ansiedad y nerviosismo que provoca una situación de abuso laboral o empresarial en sus afectados da lugar a la aparición de dolencias físicas de diversa índole. Dolencias musculares comunes, tales como contracturas, dolores cervicales y/o lumbares son lamentablemente usuales. De la misma forma, la aparición de problemas intestinales y estomacales también son algo común en este tipo de casos, debido a la tensión que genera el estar viviendo una situación tan desagradable. Sin embargo, en este sentido el aspecto que más nos preocupa, y que de hecho, hemos vivido de cerca con algún miembro de nuestra asociación, es el de los problemas cardiovasculares. Casos de hipertensión, arritmias, dolores de pecho e incluso infartos, son provocadas por las situaciones de estrés e indefensión que las personas afectadas viven en estos casos.

En muchas ocasiones, este tipo de dolencias se convierten en algo crónico para la persona afectada, lo que puede limitar en gran medida su vida y, por consiguiente, la de todas las personas que la rodean. Además, como es evidente, ciertas dolencias cardiovasculares no solo pueden limitar su vida, sino que pueden directamente acabar con ella.

 

… pero también psicológicas.

Disponer de un equilibrio mental y psicológico es fundamental para poder disfrutar de todos los aspectos de nuestra vida, y el ámbito profesional no iba a ser menos. Las personas podemos tener problemas de muy diversa índole que pueden alterar nuestra paz mental y nuestro equilibrio. Uno de ellos es la situación laboral. Como es de imaginar, el sufrir prácticas abusivas en nuestro puesto de trabajo repercutirá muy negativamente en nuestra salud mental. Desgraciadamente, no son pocos los casos en los que la persona afectada por este tipo de situaciones sufren de trastornos de ansiedad y estrés que hacen que su vida sea una auténtica pesadilla. Por supuesto, este tipo de trastornos afecta a aspectos tan elementales como el sueño y el apetito de los afectados, lo que provoca, a su vez, la aparición de nuevas dolencias físicas. En definitiva, los afectados entran en una situación de depresión profunda de la que puede llegar a ser muy complicado salir sin la ayuda de profesionales.

Por supuesto, el estado depresivo que sufren estas personas provoca situaciones extremadamente desagradables en su vida cotidiana, y es que deteriora relaciones personales con sus seres más queridos, al proyectar la frustración que toda esta situación les genera. La situación puede llegar a ser tan dura, que los afectados pueden dejar de sentir placer por cualquier tipo de situación, lo que los convierte en personas infelices de una forma totalmente injustificada e inmerecida.

Este tipo de circunstancias, en sus casos más extremos, pueden llegar a provocar el suicidio de las personas afectadas. Un ejemplo de ello es el caso que precisamente en estos momentos está siendo juzgado en Francia, donde se estudia el suicidio de varios trabajadores de France Telecom, presuntamente afectados por situaciones de abuso en sus respectivos puestos de trabajo.

 

Desde Asafortel luchamos para que este tipo de situaciones no vuelvan a producirse, y por la restitución de todo el daño ocasionado a tantos y tantos afectados que se encuentran aún en situación de indefensión.

Se le acumulan las denuncias en la CNMC a Orange Espagne

La CNMC investiga a Orange, Dialoga y Opera por irregularidades en
numeración
Competencia ha abierto a cada una de
estas empresas un expediente sancionador. Ahora se abre un periodo máximo de 12
meses para la instrucción del expediente y para su resolución
 a Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia (CNMC) ha abierto tres expedientes sancionadores contra las
operadoras Orange Espagne, Dialoga Servicios Interactivos y Operadora de
Telecomunicaciones Opera por presuntas infracciones graves relacionadas con la
numeración telefónica.
En concreto, Competencia habla de
presunta comisión de una infracción administrativa grave recogida en el
artículo 77.19 de la Ley General de Telecomunicaciones, que califica así
“el incumplimiento de las condiciones determinantes de las atribuciones y
el otorgamiento de los derechos de uso de los recursos de numeración incluidos
en los planes de numeración”.
La CNMC ha incoado expediente
contra Orange Espagne al considerar que podría no haber
ejercido “suficiente control” sobre el uso de la numeración móvil que
tiene asignada al permitir que Opera y Dialoga hayan hecho un uso
“presuntamente indebido” de la misma desde el 13 de junio de 2014 y
hasta el 31 de marzo de 2017.
En cuanto a Dialoga y Opera, la CNMC
aprecia la existencia de indicios de que las dos operadoras han podido incurrir
en un incumplimiento de las condiciones exigidas para la atribución de los
recursos públicos de numeración incluidos en los planes de numeración.
Esta situación se podría haber
estado produciendo entre el 13 de junio de 2014 y hasta el 31 de marzo de 2017,
fecha en la que ambos operadores dejaron de utilizar dicha numeración, precisa
el organismo, que recuerda que la incoación de este procedimiento no prejuzga
el resultado final de la investigación. A partir de ahora se abre un periodo
máximo de 12 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por
parte de la CNMC.
Fuente:Bolsamania.com
http://www.bolsamania.com/noticias/empresas/cnmc-investiga-orange-dialoga-opera-irregularidades-numeracion–2776596.html

 

ASAFORTEL DENUNCIA A ORANGE ESPAGNE SAU ANTE LA CNMC

 

ASAFORTEL detalla en
su denuncia las conductas que Orange Espagne SAU lleva a cabo contra la Ley de
Defensa de la Competencia

Asafortel ha dirigido un escrito de denuncia a la Comisión Nacional de
los Mercados y la Competencia (CNMC), concretamente ante la Dirección de Competencia,
para señalar aquellas prácticas que Orange Espagne SAU viene llevando a cabo de
manera sistemática y que vulneran la Ley 15/2007 (Ley de Defensa de la
Competencia).

Una vez más y en defensa de los intereses de sus asociados, cumpliendo
con lo reflejado en sus estatutos fundacionales, ASAFORTEL acude a los
estamentos oficiales correspondientes para poner en su conocimiento y denunciar
los hechos que considera vulneran las leyes españolas y por ende los derechos
tanto de los asociados como del resto de la población y empresas del sector.
Destaca esta denuncia las principales prácticas llevadas a cabo por
Orange Espagne SAU como son:
  • El
    estrangulamiento financiero de los distribuidores.
  • La
    presión llevada a cabo para forzar la salida del negocio mediante ventas
    completamente dirigidas por Orange, que impiden los principios básicos del
    libre mercado.
  • La
    falta de libertad de sus distribuidores para negociar cualquier tipo de
    condición, incluyendo cláusulas en los contratos que dicen textualmente:“Dichas
    contraprestaciones y demás particulares de la línea de negocio correspondiente
    podrán modificarse siempre que las mismas sean comunicadas al DISTRIBUIDOR con
    al menos quince días de antelación a su entrada en vigor………… En el caso de
    no aceptación de las nuevas contraprestaciones, el presente contrato quedará
    resuelto automáticamente
    …”
  • Se está
    realizando una concentración en la distribución, dejando la misma en manos de
    unos pocos afines a Orange Espagne SAU.

 

Todas estas acciones y otras descritas en distintas acciones que tiene
en marcha ASAFORTEL, llevan a Orange a:
  • Provocar
    un importante número de cierre de PYMES, abocándolas a entrar en concurso de
    acreedores, con el consiguiente perjuicio para los empresarios, trabajadores y
    familias de ambos.
  • Generar
    un importante beneficio en Orange Espagne SAU, por la falta de liquidación de
    su red de distribución, de acuerdo a las leyes españolas, generando un
    importante beneficio a su favor.
  • Este
    beneficio genera una posición de ventaja estratégica de Orange con respecto a
    sus competidoras.
  • Provoca
    una concentración de la distribución en pocas empresas, lo que perjudica
    claramente a los consumidores, que se ven perjudicados a la hora de ejercer sus
    derechos y garantías más básicas.

 

Como dato a destacar sobre estas acciones, en los últimos cinco años,
han desaparecido o están en concurso de acreedores más de 120 empresas que eran
distribuidoras de Orange Espagne SAU, en muchos casos desde 1999.
Por todos estos motivos ASAFORTEL pide la intervención de la CNMC para
que investigue y tome las medidas oportunas para evitar y corregir este tipo de
acciones por parte de Orange Espagne SAU.

 

ASAFORTEL

ASAFORTEL Y LA ASOCIACION TRANSPARENCIA FIRMAN UN CONVENIO DE COLABORACION

 

Hoy 23 de junio en Valencia se ha firmado un CONVENIO DE
COLABORACIÓN entre ASAFORTEL y la ASOCIACION TRANSPARENCIA.
Juan Carlos Galindo y Abel Martín
ASAFORTEL cumpliendo con su finalidad, que no es otra
que la defensa de sus asociados, y habiendo detectado irregularidades continuas
en el sistema de Autofactura impuesto por Orange, considerando que dichas irregularidades
han afectado y afectan al buen desarrollo del negocio de los distribuidores, y
que han dejado a estos completamente indefensos ante los errores de
facturación, imposición de penalizaciones unilateralmente por parte de Orange y
otro tipo de abusos que como indicamos han generado importantes perjuicios económicos,
ha trasladado toda esta información a ASOCIACION TRANSPARENCIA.
Por este motivo, ASOCIACIÓN TRANSPARENCIA realizara un
control especial al sistema de facturación y los métodos utilizados por Orange
a la hora de facturar los importes a percibir por los distribuidores.
De esta manera desde ASAFORTEL se
apuesta por dar transparencia total y absoluta a todo el proceso abierto para
dar solución a los perjuicios que las malas prácticas empresariales, abusos e
incumplimientos contractuales de ORANGE ESPAGNE SAU, han provocado a sus
asociados. ASOCIACIÓN TRANSPARENCIA, se convierte de esta manera en el garante de dicha transparencia en todo el proceso.
También se confía desde ASAFORTEL en que ORANGE ESPAGNE SAU
se muestre dispuesta a colaborar de una manera totalmente transparente con
ASOCIACIÓN TRANSPARENCIA y entre todos se pueda encontrar una solución satisfactoria
al conflicto actual, que cada día afecta a mas distribuidores.

 

ASAFORTEL
NO ES ORO TODO LO QUE RELUCE PARA ORANGE, EL CAMINO EMPIEZA A ILUMINARSE

           

         

 

 
  

La balanza de la justicia se empieza a decantar
            Una vez más los tribunales españoles
empiezan a darnos la razón y ratificar nuestras sospechas. En la sentencia del
juzgado numero 15 de primera instancia de Valencia, donde Movilnet
comunicaciones demanda a Orange, a pesar de que se desestima la demanda, pero
se encuentra recurrida y por lo tanto veremos finalmente a quien se le da la
razón, sorprende  observar en la misma lo
siguiente:
            PRIMERO:
Que la propia sentencia deja claro que echa de menos una prueba pericial ya que
lo presentado resulta manifiestamente insuficiente, incluso diciendo que se “echa de menos”, cuestión que no
hace más que reafirmarnos de la necesidad e importancia que tiene en
nuestras demandas llevar una prueba pericial respecto a los perjuicios sufridos
por perdida de clientela.
De haberse presentado, otro gallo cantaría….
            SEGUNDO:
En su punto tres de la sentencia, deja acreditado  las practicas llevadas a cabo por Orange hacia sus distribuidores,
ejerciendo PRESIONES con el OBJETIVO de resolver los
contratos
, que es lo mismo que cerrar nuestras tiendas, como política de
concentración que es como le llaman. Incluso el propio Sr. BROSETA, directivo de Orange lo ratifica en sede judicial
diciendo que en Valencia ya no quedan monopuntos.

 

            Esto solo hace que demostrar que
nuestro camino es el correcto y que por mucha multinacional que sea, la
justicia siempre estará del lado de quien cumple con la ley.
ASAFORTEL

ORANGE CONTINÚA PERDIENDO LA BATALLA CON SUS DISTRIBUIDORES

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Mollet del Vallès condena a Orange frente a uno de sus distribuidores a pagar 600.000€ y anula cláusulas del contrato de distribución por ir contra la ley.

El 26 de este pasado mes de mayo, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Mollet del Vallés, ha dictado sentencia en el Procedimiento ordinario 380/2015, que enfrentaba a TRAINING COMUNICACIONES, S.L. como parte demandante contra ORANGE ESPAGNE, S.A.U. como parte demandada.
TRAINING COMUNICACIONES, S.L. es uno de los múltiples distribuidores de Orange que se han visto afectados por las prácticas poco éticas realizadas por la multinacional en toda la distribución.
La sentencia dictada por este tribunal fija puntos críticos en todo el proceso que desde ASAFORTEL venimos defendiendo:
1.      Define el contrato entre las partes como un contrato de Agencia:
“Con fundamento en lo anterior, concluyo que entre TRAINING COMUNICACIONES, S.L., y ORANGE ESPAGNE, S.A.U. existía un contrato de agencia, con independencia de la nomenclatura utilizada.”
2.      Determina que los contratos no son de duración determinada, sino un único contrato:
“Es decir, no se trata de contrato de duración determinada y objeto diferenciado, sino de la concatenación de contratos sustancialmente idénticos adaptados a las variaciones (en lo accesorio) del mercado al que se dirigen.
Una vez que se determina que se trata de un único contrato,….”
3.      Determina que el derecho a la indemnización de clientela no viene por el nombre que se le dé al contrato sino porque se cumplan los requisitos establecidos en la ley:
“De estas sentencias se desprende que la procedencia de la indemnización no depende tanto de la denominación del contrato o la existencia de cláusulas contrarias a la misma, sino de la concurrencia de los requisitos previstos en el apartado antes transcrito; esto es: la efectiva aportación de clientela y su potencial aprovechamiento por el concedente.”
4.      Anula las clausulas segunda y decimocuarta del contrato entre las partes:
“Siguiendo la doctrina jurisprudencial expuesta y teniendo en cuenta que se trata de la misma cláusula, declaro el carácter nulo de la cláusula de renuncia a la indemnización reconocida por la LCA (indemnización por clientela) en favor del agente, contenida en el contrato suscrito entre las partes y obrante en la cláusula Segunda y Decimocuarta.; al ser contrarios al texto de los arts. 28 y 29 de la LCA. Se adopta esta decisión de conformidad con lo previsto en el art. 8 de la LCGC.”
5.      Determina que los incumplimientos que Orange indica siempre en todas las rescisiones contractuales no tienen la suficiente entidad como para evitar el pago de la indemnización por clientela:
“En las páginas 9 y ss. del informe pericial elaborado a instancia de la parte demandada, por D. David Aliaga Fernández, se incluyen diversos cuadros con los incumplimientos de los objetivos en las líneas de negocio. Se trata de incumplimientos parciales, sin una relación de continuidad y que se producen en algunas líneas de negocio. En todo caso, el hecho de que el agente no alance el objetivo marcado, teniendo en cuenta la dinámica contractual, la conexión con las otras líneas de negocio y la forma de establecimiento de estos, hace que no se pueda hablar de un incumplimiento contractual en sentido estricto, que pueda llegar a justificar la resolución del contrato y la exclusión de la indemnización legal.”
 
6.      Finalmente condena a Orange a abonar 600.000€ en concepto de indemnización de clientela:
“Con fundamento en los anteriores criterios se establece una indemnización por clientela, a favor e TRAINING COMUNICACIONES, S.L., por importe de 600.000 euros. Se fija esta cantidad una vez analizadas las partidas de las partes y aplicados los factores de corrección anteriormente expuestos.”
  
Esta sentencia, que todavía no es firme, es una prueba más de que estamos en el camino correcto, y ahonda más si cabe en el convencimiento de que tenemos que reclamar nuestros derechos ante los atropellos sufridos.
En este sentido, nuestro equipo jurídico se va a personar en los próximos días en la querella interpuesta por uno de nuestros asociados contra la empresa del perito de Orange, contra el propio perito y contra Orange, por presuntos delitos cometidos en la práctica de la prueba pericial de Orange en las que se sustentaba las cuantías reclamadas. Os mantendremos debidamente informados de la evolución del procedimiento.
ASAFORTEL