La CNMC sanciona a Orange con 16.000 euros por cometer una infracción leve.
La Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción a Orange Espagne de 16.000
euros al declararle responsable de la comisión de una infracción
administrativa de carácter leve de Ley General de Comunicación
Audiovisual, según ha informado el organismo en un comunicado.
Competencia (CNMC) ha impuesto una sanción a Orange Espagne de 16.000
euros al declararle responsable de la comisión de una infracción
administrativa de carácter leve de Ley General de Comunicación
Audiovisual, según ha informado el organismo en un comunicado.
En
julio de 2016, la CNMC inició un expediente sancionador contra Orange,
ya que la compañía remitió con más de 300 días de retraso la información
que permite a la CNMC comprobar si determinados prestadores del
servicios de comunicación audiovisual y de comunicaciones electrónicas
han cumplido con la obligación que tienen de financiar determinados
contenidos audiovisuales de producción europea.
julio de 2016, la CNMC inició un expediente sancionador contra Orange,
ya que la compañía remitió con más de 300 días de retraso la información
que permite a la CNMC comprobar si determinados prestadores del
servicios de comunicación audiovisual y de comunicaciones electrónicas
han cumplido con la obligación que tienen de financiar determinados
contenidos audiovisuales de producción europea.
En concreto, La Ley General de la
Comunicación Audiovisual obliga a dichas compañías que difundan canales
de televisión a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a
financiar obras audiovisuales europeas: películas para cine, series de
televisión y producciones de animación y documentales. En el caso de que
la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el
6%.
Comunicación Audiovisual obliga a dichas compañías que difundan canales
de televisión a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a
financiar obras audiovisuales europeas: películas para cine, series de
televisión y producciones de animación y documentales. En el caso de que
la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el
6%.
Tras la instrucción del expediente, la
CNMC ha acreditado que Orange incumplió su deber de presentar el informe
en el que se indica la forma en que se ha dado cumplimiento a sus
obligaciones de financiar anticipadamente la producción europea de
películas cinematográficas, películas y series para televisión, así como
documentales y películas y series de animación relativo al ejercicio
2014.
CNMC ha acreditado que Orange incumplió su deber de presentar el informe
en el que se indica la forma en que se ha dado cumplimiento a sus
obligaciones de financiar anticipadamente la producción europea de
películas cinematográficas, películas y series para televisión, así como
documentales y películas y series de animación relativo al ejercicio
2014.
La CNMC recuerda que contra esta
Resolución Orange podrá interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente al de su notificación.
Resolución Orange podrá interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses a partir del día siguiente al de su notificación.
Fuente: http://www.eleconomista.es/
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