La Audiencia Provincial de Madrid considera como «Contrato de Agencia» el firmado entre Orange y uno de sus distribuidores afectados.
Pese a que siempre nos referimos a los canales de comercialización indirectos de Orange como “distribuidores” de la compañía, realmente la relación contractual existente entre ambas partes no puede ser considerada como tal. Para ello, conviene, en primer lugar, distinguir entre distribuidor y agente: El distribuidor es aquel empresario (concesionario) que se compromete a adquirir […]