Los tribunales vuelven a admitir un nuevo caso de incumplimiento contractual por parte de Orange
Como venimos anunciando y defendiendo desde Asafortel, no son pocos los casos en los que Orange, una de las compañías telefónicas líderes de su sector, incumple los contratos de colaboración firmados entre la misma y sus grupos de interés, preferentemente, y este es el caso que vuelve a ocuparnos, su canal de distribución.
Estos incumplimientos contractuales que tiene Orange como práctica habitual tienen unas consecuencias devastadoras para las partes afectadas, tal y como ocurrió con INDALO FRANQUICIAS, S.L. e INDALO MÓVILES, S.L. Ambas compañías llevaban formando parte del canal de distribución de, primero Amena, y posteriormente Orange, desde el año 1999. La llegada de Orange lo cambió todo. Tanto es así que, en el año 2015, ambas compañías se vieron obligadas a entrar en Concurso de Acreedores como consecuencia de las malas prácticas de Orange en cuanto al incumplimiento de sus obligaciones contractuales se refiere.
En el caso que nos ocupa, INDALO FRANQUICIAS e INDALO MÓVILES se vieron obligadas a demandar a Orange por tales actos, pidiendo además una indemnización por los daños causados por las actuaciones fuera de los marcos establecidos contractualmente por parte de Orange, así como por la clientela aportada hasta el momento de extinción contractual.La acusación y, posteriormente, el fallo del tribunal, basan la demostración de los incumplimientos contractuales de Orange en dos actuaciones principales.
Objetivos inalcanzables y entregados fuera de plazo
Por un lado, Orange manipulaba a su antojo el concepto de los objetivos recogidos en el marco retributivo inicialmente firmado. Los objetivos eran comunicados a las compañías afectadas una vez comenzado el plazo para su cumplimiento. Además, esos objetivos eran manejados a su antojo, por lo que en ningún caso podían ser alcanzables, reduciendo las posibilidades de obtener ingresos para ambas compañías a cero. El incumplimiento de objetivos, además, acarreaba un hecho más que suficiente para la extinción del contrato entre las partes, por lo que parece evidente que las actuaciones llevadas a cabo por parte de Orange no entraban dentro de los marcos legales establecidos entre las partes.
Cese del servicio de entrega de mercancías
Por otro lado, Orange comienza a incumplir sus obligaciones de servicio de mercancías a ambas compañías a principios de 2015, alegando la imposibilidad de las mismas para hacer frente al pago de la mercancía a servir. El tribunal dictamina que, en base al contrato firmado entre las partes, Orange incurrió en este sentido en un incumplimiento del mismo, ya que Orange estaba obligada a servir las mercancías requeridas por ambas compañías para el correcto desempeño de su actividad, siempre y cuando estas no tuvieran una deuda mayor al valor del aval aportado, supuesto que no se cumplía en ninguno de los casos.
Todo esto no hace más que poner de manifiesto la falta de ética empresarial con la que Orange trataba y, de hecho, trata a su canal de distribución, provocando la desaparición de muchas compañías, causando un daño difícilmente reparable en algunos casos.
Si estás o has estado en una situación similar, no dudes en contactar con Asafortel, donde te ayudaremos a que todo el daño causado sea reparado.
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