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NO ES ORO TODO LO QUE RELUCE PARA ORANGE, EL CAMINO EMPIEZA A ILUMINARSE

           

         

 

 
  

La balanza de la justicia se empieza a decantar
            Una vez más los tribunales españoles
empiezan a darnos la razón y ratificar nuestras sospechas. En la sentencia del
juzgado numero 15 de primera instancia de Valencia, donde Movilnet
comunicaciones demanda a Orange, a pesar de que se desestima la demanda, pero
se encuentra recurrida y por lo tanto veremos finalmente a quien se le da la
razón, sorprende  observar en la misma lo
siguiente:
            PRIMERO:
Que la propia sentencia deja claro que echa de menos una prueba pericial ya que
lo presentado resulta manifiestamente insuficiente, incluso diciendo que se “echa de menos”, cuestión que no
hace más que reafirmarnos de la necesidad e importancia que tiene en
nuestras demandas llevar una prueba pericial respecto a los perjuicios sufridos
por perdida de clientela.
De haberse presentado, otro gallo cantaría….
            SEGUNDO:
En su punto tres de la sentencia, deja acreditado  las practicas llevadas a cabo por Orange hacia sus distribuidores,
ejerciendo PRESIONES con el OBJETIVO de resolver los
contratos
, que es lo mismo que cerrar nuestras tiendas, como política de
concentración que es como le llaman. Incluso el propio Sr. BROSETA, directivo de Orange lo ratifica en sede judicial
diciendo que en Valencia ya no quedan monopuntos.

 

            Esto solo hace que demostrar que
nuestro camino es el correcto y que por mucha multinacional que sea, la
justicia siempre estará del lado de quien cumple con la ley.
ASAFORTEL

ORANGE CONTINÚA PERDIENDO LA BATALLA CON SUS DISTRIBUIDORES

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Mollet del Vallès condena a Orange frente a uno de sus distribuidores a pagar 600.000€ y anula cláusulas del contrato de distribución por ir contra la ley.

El 26 de este pasado mes de mayo, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Mollet del Vallés, ha dictado sentencia en el Procedimiento ordinario 380/2015, que enfrentaba a TRAINING COMUNICACIONES, S.L. como parte demandante contra ORANGE ESPAGNE, S.A.U. como parte demandada.
TRAINING COMUNICACIONES, S.L. es uno de los múltiples distribuidores de Orange que se han visto afectados por las prácticas poco éticas realizadas por la multinacional en toda la distribución.
La sentencia dictada por este tribunal fija puntos críticos en todo el proceso que desde ASAFORTEL venimos defendiendo:
1.      Define el contrato entre las partes como un contrato de Agencia:
“Con fundamento en lo anterior, concluyo que entre TRAINING COMUNICACIONES, S.L., y ORANGE ESPAGNE, S.A.U. existía un contrato de agencia, con independencia de la nomenclatura utilizada.”
2.      Determina que los contratos no son de duración determinada, sino un único contrato:
“Es decir, no se trata de contrato de duración determinada y objeto diferenciado, sino de la concatenación de contratos sustancialmente idénticos adaptados a las variaciones (en lo accesorio) del mercado al que se dirigen.
Una vez que se determina que se trata de un único contrato,….”
3.      Determina que el derecho a la indemnización de clientela no viene por el nombre que se le dé al contrato sino porque se cumplan los requisitos establecidos en la ley:
“De estas sentencias se desprende que la procedencia de la indemnización no depende tanto de la denominación del contrato o la existencia de cláusulas contrarias a la misma, sino de la concurrencia de los requisitos previstos en el apartado antes transcrito; esto es: la efectiva aportación de clientela y su potencial aprovechamiento por el concedente.”
4.      Anula las clausulas segunda y decimocuarta del contrato entre las partes:
“Siguiendo la doctrina jurisprudencial expuesta y teniendo en cuenta que se trata de la misma cláusula, declaro el carácter nulo de la cláusula de renuncia a la indemnización reconocida por la LCA (indemnización por clientela) en favor del agente, contenida en el contrato suscrito entre las partes y obrante en la cláusula Segunda y Decimocuarta.; al ser contrarios al texto de los arts. 28 y 29 de la LCA. Se adopta esta decisión de conformidad con lo previsto en el art. 8 de la LCGC.”
5.      Determina que los incumplimientos que Orange indica siempre en todas las rescisiones contractuales no tienen la suficiente entidad como para evitar el pago de la indemnización por clientela:
“En las páginas 9 y ss. del informe pericial elaborado a instancia de la parte demandada, por D. David Aliaga Fernández, se incluyen diversos cuadros con los incumplimientos de los objetivos en las líneas de negocio. Se trata de incumplimientos parciales, sin una relación de continuidad y que se producen en algunas líneas de negocio. En todo caso, el hecho de que el agente no alance el objetivo marcado, teniendo en cuenta la dinámica contractual, la conexión con las otras líneas de negocio y la forma de establecimiento de estos, hace que no se pueda hablar de un incumplimiento contractual en sentido estricto, que pueda llegar a justificar la resolución del contrato y la exclusión de la indemnización legal.”
 
6.      Finalmente condena a Orange a abonar 600.000€ en concepto de indemnización de clientela:
“Con fundamento en los anteriores criterios se establece una indemnización por clientela, a favor e TRAINING COMUNICACIONES, S.L., por importe de 600.000 euros. Se fija esta cantidad una vez analizadas las partidas de las partes y aplicados los factores de corrección anteriormente expuestos.”
  
Esta sentencia, que todavía no es firme, es una prueba más de que estamos en el camino correcto, y ahonda más si cabe en el convencimiento de que tenemos que reclamar nuestros derechos ante los atropellos sufridos.
En este sentido, nuestro equipo jurídico se va a personar en los próximos días en la querella interpuesta por uno de nuestros asociados contra la empresa del perito de Orange, contra el propio perito y contra Orange, por presuntos delitos cometidos en la práctica de la prueba pericial de Orange en las que se sustentaba las cuantías reclamadas. Os mantendremos debidamente informados de la evolución del procedimiento.
ASAFORTEL

INTERPUESTA QUERELLA CONTRA ORANGE Y SU PERITO POR FALSEDAD DOCUMENTAL

El pasado mes de abril se ha interpuesto una QUERELLA CRIMINAL por los delitos de FALSEDAD EN DOCUMENTO PRIVADO (art. 395 CP), PRESENTACIÓN EN JUICIO DE DOCUMENTO FALSO (art. 396 CP), ESTAFA PROCESAL (art. 250.7 CP) Y FALSO TESTIMONIO (arts. 459 y 460 CP),  contra D. MIGUEL VIEJO MADRAZO, D. DAVID ALIAGA, la mercantil ACCURACY Y ASESORES DE EMPRESA, S.A.U. y la compañía ORANGE ESPAGNE, S.A.U.
Esta querella viene motivada por la presentación por parte de la compañía ORANGE ESPAGNE, S.A.U. de un peritaje de parte en un juicio civil celebrado en Valencia contra la compañía JEISI COMUNICACIONES S.L., donde esta presuntamente detecta la existencia de datos presentados de manera parcial, con ocultación de la realidad e intención de influir de manera decisiva en la resolución de dicho juicio.
Además toda esta información, presuntamente falseada de manera intencionada, ha sido ratificada durante el acto del juicio por D. David Aliaga, y entiende la querellante que dicha falsedad en los datos es conocido no solo por los ejecutores del peritaje sino por la propia compañía ORANGE ESPAGNE S.A.U., quien a sabiendas utiliza dicho peritaje en el juicio.

Destacar que es habitual que sea la empresa ACCURACY a través de D. David Aliaga, quien en la mayoría de los procedimientos judiciales abiertos por distribuidores de ORANGE ESPAGNE S.A.U., realice estos informes periciales, con similitudes tales, que incluso llegan a confundir fechas o nombres de distribuidores.

El Supremo declara responsabilidad de grandes empresas de telefonía respecto de salarios no abonados por comercializadoras de sus productos

Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sentencia 21 Julio 2016

La
actividad de comercialización del servicio de telefonía es, atendiendo
al servicio de que se trata y a las circunstancias en las cuales se
desarrolla el mercado de ese servicio, inherente y absolutamente
indispensable para la realización de la actividad de la empresa
principal.

Jurisprudencia comentada:

Tribunal Supremo, Sala de lo Social, Sentencia 707/2016, 21 Jul. Rec. 2147/2014

La cuestión que conoce el Tribunal Supremo en esta sentencia consiste en determinar si el contrato de agencia concluido entre dos entidades mercantiles para la comercialización de los productos de la principal excluye la subcontratación de obras y servicios correspondientes a su propia actividad. Impugnado un despido por causas económicas, y acumulada la acción de rescisión del contrato de trabajo porque la empresa abona el salario con retraso y adeuda ciertas cantidades, se condena de forma solidaria a la empleadora y al principal para la que aquella venía funcionando como agente de ventas.

Las empresas
telefónicas condenadas solidariamente niegan su responsabilidad
alegando que la relación que media con la comercializadora es un
contrato de agencia, para ellas excluido del artículo 42 del ET, y que
no se ha externalizado ninguna una parcela identificable con la “propia
actividad”, centrando así el debate en el alcance de la expresión
“propia actividad” como presupuesto para que opere la garantía de
solidaridad prevista para los supuestos de subcontratación. Las
empresas recurrentes comparan el producto de un servicio de telefonía
con el de fabricante que produce elementos materiales, los almacena y
luego los vende.

De ahí extraen la conclusión de que
tan absurdo es almacenar para luego no vender lo almacenado como tener
el servicio de telefonía para después no tener a quien suministrarlo. Lo
cierto es que la existencia de comerciales no es una novedad
introducida por mor de la telefonía y sus específicas proyecciones en el
mercado, internet, etc., si bien al final todo revierte en conceptos
tradicionales, originar el producto hasta que se halle en condiciones de
ser disfrutado por un usuario tan solo a falta de que éste acepte
adquirirlo.

El Supremo lo tiene claro. La actividad de
comercialización es inherente a la realización de la actividad de
telefonía, y es esta intensa conexión entre las actividades del
principal y del contratista la que sustenta la solidaridad en el pago de
los salarios reclamados. En el caso, los empleados de las contratistas
actúan en nombre de la principal, fidelizan al público como clientes de
la principal, entran en su sistema operativo, resuelven dudas planteadas
en relación con los servicios ofertados por la principal, etc., lo que
permite afirmar sin ningún género de duda que la comercialización es una
actividad inherente al ciclo productivo de una empresa de telefonía que
suministra servicios a clientes finales.

Para el Supremo, la
celebración de un contrato de agencia entre dos empresas no implica que
la empresa principal quede fuera del esquema de colaboración
interempresarial, a los efectos de eludir la responsabilidad solidaria
que como garantía de los trabajadores contempla el artículo 42 ET. Si
el contrato de agencia sirve para descentralizar la realización de
obras o servicios correspondientes a la propia actividad deben operar
las garantías del ET, y viceversa. Revisa la doctrina de SSTS 15
diciembre 2015 (rec. 2614/2014 y 2653/2014). Formula su Voto Particular
la Excma.

Magistrado Sra. Dª Maria Milagros Calvo Ibarlucea.

Fuente: Wolters Kluver

Las denuncias a Orange por estafa explotan en toda España: suman ya un centenar de distribuidores

Han iniciado procesos judiciales contra la compañía telefónica por
supuestos delitos de amenazas, coacciones, administración desleal y
apropiación indebida 

 

Cede de Orange
El pasado mes de agosto, tal y cómo contó ECD en exclusiva, la Audiencia Nacional admitió a trámite la querella
interpuesta por la Asociación de Afectados por Orange Espagne y otras
empresas de telecomunicación (Asafortel), que respaldan ahora un total
de 42 pequeñas y medianas empresas y 200 puntos de venta afectados, además de los equipos de fuerzas comerciales de venta a empresas.

El
titular del juzgado central de Instrucción número 2, Ismael Moreno,
consideró entonces que los hechos remitidos por Asafortel hacen presumir
la posible existencia de una infracción penal.
Además, según ha podido saber El Confidencial Digital
por fuentes conocedoras del proceso, a pesar de que en este momento son
28 asociados, también hay que tener en cuenta que existen otros 60 distribuidores que se han puesto en contacto ya con Asafortel, donde aseguran que “día a día se incrementa el número de asociados”.
Los afectados se distribuyen por toda España, en Madrid, Barcelona, Valencia, Huesca, Alicante, Sevilla, Baleares, Girona, Valladolid y Cádiz.
Por otro lado, el número actual de distribuidores que a nivel particular han iniciado procesos judiciales civiles contra Orange asciende a 12, y se están estudiando interponer otras diez demandas civiles más.
La querella denuncia la utilización de prácticas fraudulentas a partir de 2012, con las que Orange habría pretendido “acabar con aquellas tiendas que ya no le interesaba mantener”.
Según el escrito,
al que ha tenido acceso este confidencial, la multinacional marcó en
2012 unos objetivos de cierre y de concentración de la distribución sin tener en cuenta los efectos que podría ocasionar en su red comercial “ni los perjuicios personales y económicos que iba a causar” dicha decisión.
Una “estrategia de estrangulamiento financiero feroz”, describen los querellantes, que llevó a los distribuidores afectados “a un irremediable cierre o a una venta (obligada) por debajo de sus precio”.
Orange habría asfixiado económicamente a sus puntos de venta por medio de un cambio unilateral continuo de las condiciones contractuales “sin derecho a réplica”, y una manipulación “fraudulenta” de los objetivos mensuales y trimestrales.
Asimismo, la empresa habría discriminado entre unas distribuidoras y otras “aportando ayudas a unos y reduciendo los ingresos de otros” sin justificación, por lo que muchas de ellas son hoy totalmente insolventes o han entrado en concurso de acreedores.
Asafortel pide que se investigue no sólo a la filial española de Orange sino también a su ex consejero delegado Jean Marc Vignolles; al director de ventas y distribución, Pablo Berni; al director nacional de canales alternativos en ventas, Javier Broseta, y a otros cinco ejecutivos de la compañía.
La elevada cuantía que solicitan como indemnización –86,6 millones de euros– correspondería a la media de la facturación de los afectados en los últimos cinco años.

28 Distribuidoras se querellan contra Orange por estafa y piden 86,6 millones

 

Detalle del logo en la torre corporativa de Orange. EFE/Archivo
Un total de 28 distribuidoras de Orange se han adherido ya a la querella interpuesta contra la empresa de telecomunicaciones por presunta estafa, amenazas, coacciones, administración desleal y apropiación indebida, y que solicita 86,6 millones de euros en concepto de indemnización.

El pasado mes de agosto la Audiencia Nacional admitió a trámite la querella interpuesta por la Asociación de Afectados por Orange Espagne y otras empresas de telecomunicación (Asafortel), que respaldan ahora 28 distribuidoras, que suponen un total de 42 pequeñas y medianas empresas y 200 puntos de venta afectados, además de los equipos de fuerzas comerciales de venta a empresas.

Y el titular del juzgado central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, consideró entonces que los hechos remitidos por Asafortel hacen presumir la posible existencia de una infracción penal.
La querella denuncia la utilización de prácticas fraudulentas a partir de 2012, con las que Orange habría pretendido “acabar con aquellas tiendas que ya no le interesaba mantener”.
Los afectados se distribuyen por toda España, en Madrid, Barcelona, Valencia, Huesca, Alicante, Sevilla, Baleares, Girona, Valladolid y Cádiz.
Según el escrito, la multinacional marcó en 2012 unos objetivos de cierre y de concentración de la distribución sin tener en cuenta los efectos que podría ocasionar en su red comercial “ni los perjuicios personales y económicos que iba a causar” dicha decisión.
Una “estrategia de estrangulamiento financiero feroz”, describen los querellantes, que llevó a los distribuidores afectados “a un irremediable cierre o a una venta (obligada) por debajo de sus precio”.
Orange habría asfixiado económicamente a sus puntos de venta por medio de un cambio unilateral continuo de las condiciones contractuales “sin derecho a réplica”, y una manipulación “fraudulenta” de los objetivos mensuales y trimestrales.
Asimismo, la empresa habría discriminado entre unas distribuidoras y otras “aportando ayudas a unos y reduciendo los ingresos de otros” sin justificación, por lo que muchas de ellas son hoy totalmente insolventes o han entrado en concurso de acreedores.
Asafortel pide que se investigue no sólo a la filial española de Orange sino también a su ex consejero delegado Jean Marc Vignolles; al director de ventas y distribución, Pablo Berni; al director nacional de canales alternativos en ventas, Javier Broseta, y a otros cinco ejecutivos de la compañía.
La elevada cuantía que solicitan como indemnización -86,6 millones de euros- correspondería a la media de la facturación de los afectados en los últimos cinco años.

Noticia publicada por: diariodeleon.es

28 Distribuidoras se querellan contra Orange por estafa y piden 86,6 millones


(EFECOM).- Un total de 28 distribuidoras de Orange se han adherido ya a la querella interpuesta contra la empresa de telecomunicaciones por presunta estafa, amenazas, coacciones, administración desleal y apropiación indebida, y que solicita 86,6 millones de euros en concepto de indemnización.

El pasado mes de agosto la Audiencia Nacional admitió a trámite la querella interpuesta por la Asociación de Afectados por Orange Espagne y otras empresas de telecomunicación (Asafortel), que respaldan ahora 28 distribuidoras, que suponen un total de 42 pequeñas y medianas empresas y 200 puntos de venta afectados, además de los equipos de fuerzas comerciales de venta a empresas.

Y el titular del juzgado central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, consideró entonces que los hechos remitidos por Asafortel hacen presumir la posible existencia de una infracción penal.

La querella denuncia la utilización de prácticas fraudulentas a partir de 2012, con las que Orange habría pretendido “acabar con aquellas tiendas que ya no le interesaba mantener”.

Los afectados se distribuyen por toda España, en Madrid, Barcelona, Valencia, Huesca, Alicante, Sevilla, Baleares, Girona, Valladolid y Cádiz.

Según el escrito, la multinacional marcó en 2012 unos objetivos de cierre y de concentración de la distribución sin tener en cuenta los efectos que podría ocasionar en su red comercial “ni los perjuicios personales y económicos que iba a causar” dicha decisión.

Una “estrategia de estrangulamiento financiero feroz”, describen los querellantes, que llevó a los distribuidores afectados “a un irremediable cierre o a una venta (obligada) por debajo de sus precio”. 

Orange habría asfixiado económicamente a sus puntos de venta por medio de un cambio unilateral continuo de las condiciones contractuales “sin derecho a réplica”, y una manipulación “fraudulenta” de los objetivos mensuales y trimestrales.

Asimismo, la empresa habría discriminado entre unas distribuidoras y otras “aportando ayudas a unos y reduciendo los ingresos de otros” sin justificación, por lo que muchas de ellas son hoy totalmente insolventes o han entrado en concurso de acreedores.

Asafortel pide que se investigue no sólo a la filial española de Orange sino también a su ex consejero delegado Jean Marc Vignolles; al director de ventas y distribución, Pablo Berni; al director nacional de canales alternativos en ventas, Javier Broseta, y a otros cinco ejecutivos de la compañía. 

La elevada cuantía que solicitan como indemnización -86,6 millones de euros- correspondería a la media de la facturación de los afectados en los últimos cinco años. EFECOM 

Noticia compartida por Agencia EFE 

La fiscalía francesa pide procesar a directivos de France Télécom por los suicidios de sus empleados

La empresa implantó una política de “desestabilización” de sus trabajadores, según la decisión judicial

Manifestación de trabajadores de France Télécom, en Estrasburgo, por la ola de suicidios de sus trabajadores, en 2009.

 La ola de suicidios que vivió France Télécom entre 2007 y 2010 ha culminado una importante etapa en los tribunales franceses. Tras varios años de investigación, la fiscalía de París ha pedido que se procese a siete exdirectivos por presunto acoso moral. La obsesión por los resultados económicos llevó a la empresa a iniciar una reestructuración con el despido de 22.000 empleados y el cambio de 14.000. Cerca de 60 se suicidaron en solo tres años. Muchos lo hicieron en su propia oficina y dejaron cartas explicando su desesperación. La empresa, cree la fiscalía, implantó un sistema para desestabilizar a los empleados.

En las conclusiones de la fiscalía, recabadas el pasado 22 de junio, esta pide al juez de instrucción que procese al expresidente Didier Lombard. Le acusa de acoso moral a él y dos de sus máximos colaboradores. A los otros cuatro los considera colaboradores de dicho acoso. La mayoría de ellos sigue trabando en la empresa, aunque a un nivel inferior, según ha informado a este periódico el delegado sindical de la CGT Thierry Franchi.
Orange (antes France Télécom) se ha negado a valorar el fondo de la cuestión. “Es solo una etapa más del proceso. Hay que esperar sobre todo a la decisión del juez de instrucción, que llegará en unas semanas”, ha comentado un portavoz a este periódico. Claudia Chemari, la abogada de la compañía, ha asegurado a la radio France Info que todas las argumentaciones en contra de las acusaciones están convenientemente presentadas ante la justicia.

 Goteo de suicidios y tentativas

  • En 2008 empezó el goteo de suicidios y tentativas en France Télécom.

  • En 2009, el sindicato SUD-PTT presenta denuncia.

  • En 2010, Didier Lombard se va. La inspección de trabajo habla de métodos brutales. La fiscalía abre investigación.

  • Un observatorio sindical estima que en 2008 hubo trece suicidios; en 2009, 19 y en 2010, 27.

  • En 2012, tras el cambio de gestión, un sondeo interno indica que el clima se ha normalizado.

  • En 2013 France Télécom se convierte en Orange, primera operadora de Francia.


La decisión de la empresa de reorganizarse y aumentar sus beneficios, tomada en 2006, fue, según todos los indicios, el detonante del drama. Lombard estaba determinado a poner en marcha la operación y lograr la reducción de la plantilla, que entonces era de 110.000 empleados. “Lo haré [los despidos] de una forma u otra, por la ventana o por la puerta”.

Sus palabras fueron trágicamente premonitorias. Algunos de los empleados se quitaron la vida saltando desde las ventanas de sus oficinas. A los 58 que en total se contabilizaron entre 2008, 2009 y 2010 hay que añadir decenas de tentativas y procesos de ansiedad y depresión. Según la fiscalía, la empresa utilizó todo tipo de métodos para desestabilizar a los empleados, además de ofrecer bonificaciones a los cuadros que lograran más bajas. Para ello, se cambiaba repentinamente el puesto de trabajo, se modificaban los objetivos, se dejaba al empleado sin silla ni mesa durante semanas, se prohibía disentir o se desvalorizaba al trabajador. Un médico de empresa, que ha hablado de forma anónima con Libération, asegura que los empleados empezaron a sufrir graves procesos de ansiedad y depresión y ha relatado estos sistemas que quebraban a los empleados.

En 2009, los sindicatos ya dieron la voz de alarma y presentaron una denuncia contra la dirección de la empresa. Un año más tarde, la inspección de trabajo reflejó la brutalidad de los métodos, razón por la cual la fiscalía de París abrió una investigación por “acoso moral y puesta en peligro de la vida de terceros”.

La alarma social por este caso fue enorme. Un empleado irrumpió en una reunión de la empresa con un cuchillo clavado en el abdomen. Muchos murieron defenestrados. Algunos dejaron a sus familiares cartas que evidenciaban su desesperación.

“Este proceso va a permitir primero hacer justicia con las víctimas y sus familias”, dice Franchi. “Va a permitir también la denuncia de métodos de gestión inaceptables que hoy se siguen aplicando en muchas empresas.

La dirección de la empresa cambió en 2010. Los brutales sistemas quedaron en el olvido y en 2012 un sondeo interno indicaba que el clima laboral se había normalizado, si bien en 2011 todavía hubo algún caso. El más llamativo, el de un empleado que se inmoló a lo bonzo en el párking de la oficina. A Lombard le sustituyó Stéphane Richard, exjefe de gabinete de la entonces ministra de Economía y hoy directora del FMI Christine Lagarde. Richard sigue al mando de la firma, hoy Orange, la principal operadora de Francia.

www.asafortel.es 

Fuente:internacional.elpais.com 

La Audiencia Nacional investigará a Orange por la querella de distribuidoras.

Madrid, 11 ago (EFECOM).- La Audiencia Nacional investigará a la filial en España de Orange y a varios de sus directivos tras admitir a trámite la querella interpuesta por un grupo de distribuidoras de la empresa de telecomunicaciones por presunta estafa, administración desleal y apropiación indebida, entre otros.

La querella presentada por la Asociación de Afectados por Orange Espagne y otras empresas de telecomunicación (Asafortel), denuncia la utilización de “prácticas fraudulentas” a partir de 2012 con las que Orange habría pretendido “acabar con aquellas tiendas que ya no le interesaba mantener”.

Según expone el escrito, al que ha tenido acceso Efe, la multinacional marcó entonces unos objetivos de cierre y de concentración de la distribución sin tener en cuenta los efectos que podría ocasionar en su red comercial “ni los perjuicios personales y económicos que iba a causar” dicha decisión.
Una “estrategia de estrangulamiento financiero feroz”, describen los querellantes, que llevó a los distribuidores afectados “a un irremediable cierre o a una venta (obligada) por debajo de sus precio”.
El documento de 21 páginas relata con detalle cómo Orange “asfixió” económicamente a sus puntos de venta por medio de un cambio unilateral “continuo” de las condiciones contractuales “y sin derecho a réplica” y una manipulación “fraudulenta” de los objetivos mensuales y trimestrales.
Asimismo, señala la falta de información contractual a la que la empresa habría sometido a sus distribuidoras, a las que supuestamente habría discriminado “aportando ayudas a unos y reduciendo los ingresos de otros” sin justificación.
“La lista de distribuidores afectados es interminable”, prosigue la querella, que reflexiona sobre la situación de muchas de estas empresas, hoy totalmente insolventes o en concurso de acreedores -antigua suspensión de pagos-.
Por todo ello, la asociación pide que se investigue no sólo a la filial española de Orange sino también a su ex consejero delegado Jean Marc Vignolles; al director de ventas y distribución, Pablo Berni; al director nacional de canales alternativos en ventas, Javier Broseta, y a otros cinco ejecutivos de la compañía.
A todos se les citaría por la presunta comisión de estafa, apropiación indebida, amenazas y coacciones y administración desleal, después de que el titular del juzgado central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, considerase que los hechos remitidos por la Asafortel, “hacen presumir la posible existencia de una infracción penal”.
Los querellantes también reclaman una indemnización de 33 millones de euros en concepto de responsabilidad civil, una cuantía que correspondería a la media de la facturación de los afectados en los últimos cinco años.
Con el fin de asegurar esta eventual responsabilidad, piden el pago de una fianza solidaria de 44 millones de euros o el embargo de los bienes, aunque antes la Fiscalía deberá remitir al juez las diligencias de investigación que considere oportunas.
En una nota de prensa, Asafortel ha asegurado que una veintena de distribuidores ha mostrado su intención de adherirse a la querella, muchas de ellas, pequeñas y medianas empresas. EFECOM

La Audiencia Nacional investigará a Orange por la querella de distribuidoras.

Madrid, 11 ago (EFECOM).- La Audiencia Nacional investigará a la filial en España de Orange y a varios de sus directivos tras admitir a trámite la querella interpuesta por un grupo de distribuidoras de la empresa de telecomunicaciones por presunta estafa, administración desleal y apropiación indebida, entre otros.


La querella presentada por la Asociación de Afectados por Orange Espagne y otras empresas de telecomunicación (Asafortel), denuncia la utilización de “prácticas fraudulentas” a partir de 2012 con las que Orange habría pretendido “acabar con aquellas tiendas que ya no le interesaba mantener”.

Según expone el escrito, al que ha tenido acceso Efe, la multinacional marcó entonces unos objetivos de cierre y de concentración de la distribución sin tener en cuenta los efectos que podría ocasionar en su red comercial “ni los perjuicios personales y económicos que iba a causar” dicha decisión.

Una “estrategia de estrangulamiento financiero feroz”, describen los querellantes, que llevó a los distribuidores afectados “a un irremediable cierre o a una venta (obligada) por debajo de sus precio”.

El documento de 21 páginas relata con detalle cómo Orange “asfixió” económicamente a sus puntos de venta por medio de un cambio unilateral “continuo” de las condiciones contractuales “y sin derecho a réplica” y una manipulación “fraudulenta” de los objetivos mensuales y trimestrales.

Asimismo, señala la falta de información contractual a la que la empresa habría sometido a sus distribuidoras, a las que supuestamente habría discriminado “aportando ayudas a unos y reduciendo los ingresos de otros” sin justificación.

“La lista de distribuidores afectados es interminable”, prosigue la querella, que reflexiona sobre la situación de muchas de estas empresas, hoy totalmente insolventes o en concurso de acreedores -antigua suspensión de pagos-.

Por todo ello, la asociación pide que se investigue no sólo a la filial española de Orange sino también a su ex consejero delegado Jean Marc Vignolles; al director de ventas y distribución, Pablo Berni; al director nacional de canales alternativos en ventas, Javier Broseta, y a otros cinco ejecutivos de la compañía.

A todos se les citaría por la presunta comisión de estafa, apropiación indebida, amenazas y coacciones y administración desleal, después de que el titular del juzgado central de Instrucción número 2, Ismael Moreno, considerase que los hechos remitidos por la Asafortel, “hacen presumir la posible existencia de una infracción penal”.